Nuevos plazos para afiliación, altas y bajas de autónomos
Con efectos del primer día del presente mes de enero, la afiliación y el alta deberán ser comunicadas por los interesados a las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, o sus Administraciones, en los mismos plazos que los establecidos en el Régimen General .
Es decir, que en lugar de poder hacerse en los 30 días siguientes al inicio de la actividad, deben llevarse a cabo con anterioridad a tal inicio, sin que la solicitud pueda presentarse antes de los sesenta días naturales anteriores al previsto para la iniciación de la actividad.
Hasta el pasado día 31 de diciembre, con un único día de alta en la actividad, el cómputo y pago de la cotización correspondía al mes completo, mientras que ahora la afiliación y hasta tres altas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que concurran en la persona de que se trate los requisitos y condiciones determinantes de su inclusión en el campo de aplicación del RETA, siempre que se hayan solicitado en los términos reglamentarios. De la misma manera, hasta tres bajas solicitadas dentro de cada año natural tendrán efectos desde el día en que el trabajador autónomo hubiese cesado en la actividad. Mientras que el resto de la altas (y las dadas fuera de plazo) tendrán efectos desde el primer día del mes en se inicie la actividad sea cual fuere la fecha; y las bajas el último día del mes en que se produzca el cese, aunque haya sido el primer día del mes.
Por consiguiente, la obligación de cotizar existirá por los días de prestación efectiva de la actividad por cuenta propia en el mes en que se haya producido, exigiéndose la fracción de la cuota mensual correspondiente a dichos días. A tal efecto, la cuota fija se dividirá por treinta en todo. Salvo cuando, por lo ya explicado, el cómputo haya de hacerse por el mes completo. Y en el supuesto de altas fuera de plazo, las cotizaciones correspondientes a periodos anteriores a la formalización del alta serán exigibles y producirán efectos en orden a las prestaciones una vez hayan sido ingresadas, con los recargos e intereses que legalmente correspondan, salvo que por aplicación de la prescripción no fuesen exigibles dichas cuotas ni por ello válidas a efectos de prestaciones.
Hacienda vigila en la provincia más de 35.000 negocios «de riesgo» por el IVA
Hacienda vigila en la provincia más de 35.000 negocios «de riesgo» por el IVA ( Diario de León – 16/02/2017 )
Los algo más de 35.000 negocios de la provincia que se consideran tributariamente «de riesgo» por el posible fraude a Hacienda, al tener capacidad para declarar sólo parte de sus actividades y ‘ahorrarse’ el IVA del resto, serán a lo largo de este año uno de los objetivos de la inspección de la Agencia Tributaria. El Plan de Control Tributario 2017 mira por un lado a las grandes fortunas y a las multinacionales, pero tiene su entramado inspector preparado para ‘peinar’ con visitas in situ y vigilancia a cuentas y pertenencias las actividades de los negocios más pequeños. Aquellos en los que, cree, el «con IVA o sin IVA» y las dobles contabilidades ocultan al fisco buena parte de lo que deberían ser sus ingresos reales.
La vigilancia y las inspecciones se centrarán en los sectores, tanto de productos como de servicios (tiendas y profesionales) que desde Hacienda consideran que tienen más riesgo de cometer fraudes. También reconocen que la tarea no es fácil, porque se centra en el control de muchas operaciones de muy reducida dimensión económica. Sin embargo, los inspectores se han marcado como objetivo «mejorar el comportamiento tributario de este impuesto».
visitas de hacienda
Para ello intensificarán las personaciones en «las sedes donde se realiza la actividad económica», con la finalidad de acreditar y regularizar la «infradeclaración de ingresos». Los ordenadores y sistemas de contabilidad que contienen para estos negocios son también objetivo de las inspecciones.
En la provincia de León, al margen de las empresas, declaran ingresos por su actividad económica algo más de 35.000 contribuyentes. La mitad de ellos tributa a través del sistema de rendimientos de estimación directa. Son fundamentalmente, según las estadísticas de la Agencia Tributaria, comercios, servicios, actividades agrícolas, construcción, profesionales liberales y actividades artísticas, deportivas,…
Sectores «de riesgo» de fraude, consideran, entre las actividades obligadas a declarar por entregar bienes, prestar servicios o ejecutar obras.
La intención de los inspectores es, según el Plan de Control Tributario, centrarse en aquellas actividades donde se sospecha que se concentra una mayor bolsa de economía sumergida; pero sobre todo en los comercios, que serán los que registren un mayor número de visitas de los inspectores a lo largo del año, según las previsiones del plan antifraude.
Un plan que señala que «se intensificarán las personaciones en la sede donde se realiza la actividad económica de los obligados tributarios, al objeto de acreditar y regularizar situaciones de infradeclaración de ingresos»
«En particular», las actuaciones inspectoras de la Agencia Tributaria se centrarán en «actuaciones sobre sectores en los que se aprecien mayores niveles de riesgo de incumplimiento en el IVA, potenciando la presencia de la administración tributaria en relación con actividades caracterizadas por la venta al consumidor final».
vigilancia total
El seguimiento de Hacienda no se quedará sólo en el análisis de las contabilidades de los negocios. Según el plan para rescatar la recaudación del impuesto del IVA que se escapa al fisco, «se potenciará el análisis de la capacidad adquisitiva real de los contribuyentes, combinando el contraste de la información declarada sobre bienes y derechos con información sobre la gestión de cuentas correientes, e inconsistencias con su titularidad forman; beneficiarios de tarjetas de crédito emitidas tanto en España como en el extranjero, uso de efectivo,…».
El control de Hacienda se centrará también en el «análisis del software comercial que posibilita la ocultación de ventas». Ya en 2014 el plan de control tributario centró su atención en la vigilancia de los ordenadores de las pequeñas y medianas empresas, en busca de herramientas que facilitaran una segunda contabilidad.
Inicio Campaña Renta 2015
Muy Señor Nuestro: (a)
Le comunicamos que el día 3 del presente mes de mayo comienza el plazo para la presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio de 2.015
Si, como en años anteriores, desea utilizar nuestros servicios para la gestión de este impuesto, solicitamos nos envíe lo antes posible la documentación necesaria.
.- Si ha recibido el borrador de la declaración y los datos fiscales, acompáñelos con el resto de la documentación. EN GENERAL:
.- Variación respecto a años anteriores de los miembros de la unidad familiar. .- Recibos de contribución de viviendas.
.- Aportaciones a Planes de Pensiones, cuota sindical y partidos políticos.
.- Certificados de Bancos (acciones, bonos etc….)
.- Cantidades percibidas por alquileres (en caso de tenerlos), y justificantes de gastos ocasionados por los mismos: seguro de hogar, reparaciones….
.- Cantidades invertidas en compra de vivienda habitual, (anterior a 2013) seguros de vida y hogar.
.- Nuevo Número de cuenta en el caso de ingreso, devolución por España Duero Grupo Unicaja.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:
PARA TRABAJADORES POR CUENTA AJENA O PENSIONISTAS: .- Certificado de ingresos y retenciones.
PARA EMPRESARIOS Y PROFESIONALES:
.- Libros de Contabilidad y todo tipo de ingresos y subvenciones recibidos en el año. PARA AGRICULTORES:
.- Facturas de las ventas realizadas en el año 2.015 y subvenciones.
.- Certificados de retenciones expedidos por los compradores de los productos.
.- Facturas de inversiones realizadas.
Quedando a su entera disposición para cualquier consulta que deseen realizarnos, le saluda atentamente.
Asesoria Ifconsa
Campaña Renta 2015
La Campaña de la Renta 2015 acaba de arrancar y muchos contribuyentes están ya con la tarea de verificar el borrador que Hacienda realiza para facilitarles la declaración. No obstante, es conveniente dedicarle al menos una hora antes de validarlo pues, según las estimaciones de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), uno de cada tres puede contener errores, omisiones e imprecisiones que impidan beneficiarse de las reducciones y deducciones fiscales estipuladas por ley.
El 75% de las declaraciones que se presentan dan como resultado una devolución, y la necesidad de cobrarla rápido provoca que no se revisen ni se rectifiquen los borradores emitidos por la Agencia Tributaria (AEAT) que, en muchos casos, no dispone de toda la información necesaria para incluir numerosas deducciones en la declaración, algo que la propia Agencia admite abiertamente.
Precisamente, estos fallos y omisiones perjudican especialmente a los contribuyentes con menos ingresos, quienes, por regla general, no pueden costearse los servicios de asesores fiscales profesionales que les ayuden a complementar correctamente sus borradores. Además, la AEAT demora en cinco semanas el inicio de la atención personalizada en sus oficinas, conocida como cita previa, demasiado tiempo de espera para muchos de estos contribuyentes que necesitan cobrar la devolución de inmediato.
Con el objetivo de ayudar al contribuyente en esta situación, los Técnicos de Hacienda han elaborado una lista con los diez errores, omisiones o imprecisiones más frecuentes en el borrador de la renta, relacionados en su mayoría con las deducciones por adquisición de vivienda, el estado civil o las subvenciones públicas.
Resumen de novedades para el autónomo en 2014
SEGURIDAD SOCIAL – CUOTA DE AUTONÓMOS:
• Cuota de autónomos 2014: el año nuevo traerá nuevas subidas en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos. Estas subidas se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2014. La base mínima de cotización sube el 2% desde 858,60 a 875,70 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa de 256,72 € a 261,83 euros. La base máxima de cotización sube de nuevo bastante más, el 5%, pasando de 3.425,70 a 3.597,00 euros mensuales.